Ordena pagar incentivos a técnicos de Educación Un dato

Ordena pagar incentivos a técnicos de Educación Un dato Ordena pagar incentivos a técnicos de Educación Un dato Fallo. El Tribunal Constitucional acogió un recurso de amparo sometido por 55 técnicos del Ministerio de Educación al revocar una sentencia del Tribunal Superior Administrativo. Wanda Méndez Santo Domingo El Tribunal Constitucional ordenó al Ministerio de Educación (MINERD) pagar los incentivos laborales al personal técnico docente que haya cumplido con las evaluaciones por desempeño a partir de octubre del 2012. La Corte impuso al MINERD el pago de un astreinte de cinco mil pesos por cada día de retardo en la ejecución de la decisión, a favor de la Casa Rosada. El Tribunal Constitucional acogió un recurso de revisión de amparo sometido por 55 técnicos de Educación. Revocó la sentencia número 0405-2014 del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que declaró inadmisible la acción de amparo presentada por ese grupo, encabezado por Juan Ramón Santana Pérez, en reclamo del pago de los incentivos. Mediante la sentencia TC/415/16, el TC ordenó al MINERD que cumpla con las disposiciones de los artículos 151 y 152 de la ley 66-97, de Educación, y el artículo 52, literal A, del reglamento del estatuto del Docente, que contemplan el pago de los incentivos a ese personal. El TC determinó que los técnicos docentes están bajo el amparo de la Ley de Educación y del Reglamento del Estatuto del Docente y que a los mismos se les deben aplicar los incentivos salariales por desempeño en la labor que realizan para el Ministerio de Educación a partir de octubre de 2012, como lo dispone el acta de la tercera sesión ordinaria del Consejo Nacional de Educación (CNE), del 14 de septiembre del 2011. Evaluación Indica que para la aplicación de los incentivos exigidos por los accionantes sólo se tiene que comprobar que los técnicos docentes se sometieran a la evaluación de desempeño llevada a cabo por el Ministerio de Educación y que los mismos cumplieran satisfactoriamente con las pruebas a que fueron sometidos. “De conformidad con el estudio del expediente del caso, los técnicos docentes aprobaron en su mayoría la evaluación del desempeño”, subraya el TC en el fallo. Consideró que la negativa a reconocer el pago de los incentivos constituye una limitación al derecho al trabajo, al restringir la obtención del salario justo y suficiente, de conformidad con el artículo 62.9 de la Constitución. Enfatizó que el incentivo constituye un elemento esencial del salario, que procura mejorar las condiciones personales, laborales y sociales, a fin de optimizar la condición de la educación, sometidos a la condición de cumplir con evaluaciones de desempeño o alcanzar un tiempo mínimo de labor. La decisión contó con el voto disidente del magistrado Justo Pedro Castellanos Khoury.

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