En cuanto al ex senador Tommy Alberto Galán Grullón, el tribual no estableció ninguna responsabilidad penal por sobornos, falsedad en su declaración jurada de bienes e enriquecimiento ilícito. “El tribunal entiende que el Ministerio Público no ha probado que el imputado Tommy Alberto Galán Grullón, haya incurrido en falsedad en la declaración jurada ni en enriquecimiento ilícito violentando la Ley 311-14”, dijo una de las juezas. Sobre Andrés Bautista, expresidente del Senado, el tribunal determinó que no se presentó ningún documento de prueba que permita determinar que ejerció influencia para aprobar los contratos de obras durante sus funciones. Las juezas indicaron que no hay ninguna evidencia que les permita establecer que incurrió (Bautista) en enriquecimiento ilícito, sino que la procedencia de cada uno de los patrimonios que posee es lícita. En lo que respecta a Conrado Pittaluga, el tribunal entendió que no se ha demostrado que el imputado haya incurrido en algún tipo de complicidad en soborno ni en el ilícito de lavado de activo. Las juezas determinaron de Conrado Pittaluga fue contratado para asesoría legal y consultoría, y que su compañía no era oculta. El grupo ha acudido al juicio de fondo desde noviembre de 2020. Todos dijeron durante el proceso de audiencias que son inocentes de los actos que se les imputan, mientras que el Ministerio Público había pedido para Rondón y Díaz Rúa, 10 años de prisión; Conrado Pittaluga, 7 años de prisión; Andrés Bautista, Tommy Galán y Roberto Rodríguez, 5 años de prisión. Asimismo, los fiscales solicitaron el decomiso de los bienes de cada uno.

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